Cuesta de enero: lo que debes saber antes de acudir a una casa de empe?o, advierte Profeco
¿La cuesta de enero te alcanzó? Empeñar puede ayudar en emergencias, pero mal usado se vuelve un riesgo. - Foto: Cortesía.
Ante los gastos recurrentes del inicio de a?o ?como colegiaturas, pagos de servicios, renovaciones de seguros o saldos de tarjetas de cr?dito?, muchas personas optan por acudir a una casa de empe?o como una v?a para obtener liquidez inmediata, al dejar un bien material en garant?a a cambio de un pr?stamo.
Sin embargo, la Procuradur?a Federal del Consumidor (Profeco) exhorta a la poblaci?n a evaluar con cuidado esta alternativa, pues un uso inadecuado puede convertirla en un riesgo financiero durante la llamada ?cuesta de enero?.
Recomendaciones clave antes de empe?ar
La Profeco se?ala que, antes de firmar cualquier contrato, es indispensable verificar que la casa de empe?o cumpla con lo establecido en la Ley Federal de Protecci?n al Consumidor y la NOM-179-SCFI-2016, que regula los servicios de mutuo con inter?s y garant?a prendaria. Asimismo, recomienda confirmar que el establecimiento est? inscrito en el Registro P?blico de Casas de Empe?o de la dependencia.
No todas las casas de empe?o est?n registradas, y aquellas que operan fuera del marco legal suelen no ofrecer contratos de adhesi?n debidamente registrados ni garant?as sobre la seguridad de los bienes empe?ados.
Otro punto fundamental es revisar con detenimiento el contrato, en particular las cl?usulas relacionadas con tasas de inter?s, costos de almacenaje y plazos para liquidar o refrendar el pr?stamo. La autoridad recuerda que las casas de empe?o pueden ser una alternativa ?til y legal para enfrentar emergencias econ?micas, siempre y cuando se utilicen de forma informada y responsable.
Riesgos y derechos del consumidor
La Profeco subraya que las casas de empe?o no deben considerarse una fuente de ingresos sostenida ni una soluci?n definitiva a los problemas financieros, ya que cada peso prestado genera un costo adicional. En caso de no cubrir el adeudo en tiempo y forma, la prenda puede ser puesta a la venta.
No obstante, si al vender el objeto se obtiene un monto mayor al adeudo total ?que incluye pr?stamo, intereses, almacenaje y costos de operaci?n?, ese excedente, conocido como demas?a o remanente, pertenece a la persona que realiz? el empe?o. Para recuperarlo, se debe revisar en el contrato cu?ndo se comercializa la prenda, acudir al establecimiento con identificaci?n oficial y el contrato, y verificar si se gener? un saldo a favor. Dicho monto debe entregarse en efectivo y permanecer disponible hasta por un a?o.
Consejos adicionales
Para un uso m?s eficiente de estos servicios, la Profeco aconseja comparar tasas de inter?s, comisiones y el Costo Anual Total (CAT) en al menos tres casas de empe?o distintas. Tambi?n recomienda evitar empe?ar objetos de uso diario o con valor sentimental, ya que la p?rdida puede ser mayor que el beneficio econ?mico.
Conservar comprobantes de pago, refrendo o liquidaci?n es otro punto clave, pues pueden ser necesarios en caso de aclaraciones o controversias.
Finalmente, la dependencia destaca que la educaci?n financiera, la comparaci?n de opciones y el conocimiento de los derechos de las personas consumidoras son herramientas fundamentales para evitar que la cuesta de enero se convierta en un problema financiero mayor.
D?nde presentar quejas
Quienes enfrenten incumplimientos de contrato pueden presentar una queja ante la Profeco, de manera presencial o en l?nea a trav?s de Concilianet y Conciliaexpr?s, con empresas registradas. Tambi?n est?n disponibles los canales de atenci?n: Tel?fono del Consumidor 55 5568 8722 y 800 468 8722, as? como los correos electr?nicos denunciasprofeco@profeco.gob.mx, denunciapublicitaria@profeco.gob.mx y asesoria@profeco.gob.mx, adem?s de las redes sociales oficiales de la dependencia.